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CONVENIO COMPLEJO PRORROGANDO PLAZO, CONSOLIDANDO «ALQUILER» Y «DEPÓSITO» MAS CONCERTANDO DESOCUPACIÓN.__ CONVENIO DE DESOCUPACIÓN Y PRÓRROGA PRELIMINAR (A- PARTES Y OBJETO) Reunidos el señor don …, como “LOCADOR” y el señor don …, como “LOCATARIO”, únicas partes del “CONTRATO DE LOCACIÓN …” sobre la finca de …, celebrado en fecha …/…/.. y vencido en fecha …/…/.., resuelven prorrogar su plazo en forma fija e improrrogable, hasta la fecha …/…/.. y en el este acto suscribir además un «CONVENIO DE DESOCUPACIÓN DE LA LOCACIÓN», según las declaraciones y cláusulas siguientes: PRIMERA (I- CONSOLIDAN ALQUILER) Queda aclarado que aplicando el «CER» correspondiente al … (…) sobre el alquiler pesificado vigente ($…), el nuevo alquiler que correrá para el mes de … de .., será de $… SEGUNDA (II- DEPÓSITO) Se compensarán los alquileres no percibidos por el LOCADOR y al devolverle al LOCATARIO su “Depósito Dinerario en Garantía”, deducirá sobre el monto que correspondía, la suma de pesos … ($…), a mas de cuanto se devengare en el futuro, de postergarse también su percepción y a opción del LOCADOR. TERCERA (III- TRANSACCIÓN) 1- Entre el LOCADOR y el LOCATARIO se discutía la permanencia del último en la FINCA LOCADA, habiéndose resuelto de común acuerdo transar esta controversia mediante este Convenio de Desocupación. 2- El LOCATARIO desocupará totalmente la FINCA LOCADA y la reintegrará vacía y libre de toda ocupación propia o de terceros al LOCADOR y bajo acta de constancia, el día …/…/20…, a las 00:00 horas (A.M.), en perfecto estado de aseo y conservación, con todas las cosas o mejoras recibidas. 3- En caso de no desocupar la FINCA LOCADA, nacerá una «cláusula penal» por la suma de pesos … ($…) por cada día de retardo y en favor del LOCADOR, que se devengará automáticamente y sin necesidad de preinterpelación alguna, ante el simple vencimiento del plazo y su pago podrá exigirse por «el procedimiento judicial ejecutivo», sin perjudicar los demás derechos del LOCADOR, como incoar Juicio de Desalojo, exigir daños y perjuicios, etc. CUARTA (IV- REINTEGRO DEL DEPÓSITO) Cumpliendo el LOCATARIO puntualmente sus obligaciones, el LOCADOR le reintegrará completamente el «Depósito Dinerario en Garantía» recibido oportunamente. QUINTA (V- BENEFICIOS) Como contraprestación por este convenio, el LOCATARIO se beneficia con la prórroga precedentemente concertada. SEXTA (VI- FIADOR) El FIADOR del Contrato de Locación original abona estas estipulaciones firmando al pie y extiende su fianza al LOCATARIO, hasta la restitución de la FINCA LOCADA al LOCADOR y con su conformidad. SÉPTIMA (VII- HOMOLOGACIÓN) 1- Cualesquiera partes podrán homologar judicialmente este convenio y requerir cuanta medida conservatoria les convenga, en pro de su cumplimiento. 2- El LOCADOR podrá requerir el lanzamiento anticipado, para ser diligenciado en la fecha pactada de desocupación. OCTAVA (VIII- OCUPACIÓN POR TERCEROS) El LOCATARIO deja constancia que no hay terceros ocupantes y tampoco cosas del dominio de terceros en la FINCA LOCADA. NOVENA (IX- DERECHO A EXHIBIR LA FINCA) Tendrá derecho el LOCADOR o quien él autorice, a exhibir y visitar toda la FINCA LOCADA en los últimos … (…) días anteriores a la fecha
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